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abril 24, 2020
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que el próximo 30 de abril efectuará un nuevo pago de la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha establecido que, quien recibió el primer abono el pasado día 17, percibirá la parte proporcional del mes de abril. Por otro lado, quienes tuvieron el reconocimiento posteriormente o lo tengan a partir de ahora, recibirán el equivalente a 47 días.
Prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos
La puede solicitar cualquier trabajador por cuenta propia que se vea afectado por el cierre de su negocio a causa de la declaración del estado de alarma o quien haya tenido una caída del 75% en su facturación, respecto a la media mensual del semestre anterior.
La cantidad de esta prestación es la equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y, en el caso de algunos colectivos con actividades estacionales, el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.
Para hacer la solicitud no se exige periodo mínimo de cotización, solo es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de los pagos de las cotizaciones sociales. Esta prestación es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social, siempre que ésta ya fuera compatible con la actividad que se desarrollaba.
Para más información puedes consultar la página web de la Moncloa