Real  Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado en el B.O.E  núm. 67 

Estimado asociado,

El Real  Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado en el BOE-A-2020-4166 (1)de fecha sábado 14 de marzo de 2020 , en sus artículos 13 ( Medidas para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública )  , 14 ( Medidas en materia de transportes ) y 15 ( Medidas para garantizar el abastecimiento alimentario )  , definió  las áreas donde se mantenía obligatoria la actividades y por tanto la asistencia de trabajadores para asegurarlas  .

Entre otros , hay que asegurar el funcionamiento de los centros de producción de medicamentos y afines químicos  , limpieza y alimentos , así como su distribución desde el origen hasta los establecimientos sanitarios y comerciales de venta al consumidor, incluyendo almacenes, centros logísticos y mercados en destino.

En su momento se consideró que las empresas del sector del  pesaje  quedaban incluidas por extensión y podían conservar su actividad , concretamente  para los servicios de reparación y suministro de repuestos y también equipos , que permiten el normal funcionamiento de las cadenas de producción y distribución donde el pesaje es una actividad necesaria .

Concepto en discusión podría seria si las empresas del sector del pesaje podrían continuar con su  actividad de fabricación regular de nuevos equipos.

Finalmente ayer domingo 29 de marzo ,  el Gobierno de España publicó en el B.O.E. num 87  , el Real Decreto-ley 10/2020 ( adjunto )  medidas urgentes para reducir ciertas actividades no consideradas esenciales .

Con relación a nuestra actividad de suministro de servicios y repuestos  , después de una lectura detallada del contenido de este decreto-ley , entendemos que el ANEXO , en sus puntos 1 , 4 y 5 , garantiza que nuestras empresas pueden mantener activos el  personal necesario para garantizar  la reparación ( en taller y in situ ) y  la disponibilidad y distribución de los repuestos necesarios para el mantenimiento y reparación de los equipos instalados en las actividades esenciales definidas en el real decreto de 14 de marzo .

Os informamos también que  en conversaciones mantenidas con el CEM , nos aseguran que tienen la misma interpretación y por tanto el sector del pesaje debe continuar asegurando  las actividades necesarias . 

 

Finalmente y dado que tampoco hay un modelo definido , cada asociado debe procurar que sus técnicos y personal de apoyo tengan un documento salvoconducto que  justifique ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten  su actividad y no confinación . Igualmente es conveniente proveer a los técnicos que se desplacen de una copia de la solicitud de servicio del cliente .

 

Si se emitieran instrucciones adicionales al respecto procuraremos ponerlo en vuestro conocimiento con la mayor diligencia.

En la confianza de superar cuanto antes  esta situación tan compleja  , os enviamos un mensaje de ánimo y de cordial saludo .

Josep Mª Catalán

Presidente de AECIP

JORNADA sobre “tecnología 5G: pros y contras” -Viernes 20/9/19 – 10:00h

Viernes 20 de septiembre 2019 – 10:00 a 11:30

 

AECIP con la colaboración de PIMEC organiza una conferencia sobre la tecnología 5G en los diferentes aspectos de la vida y la actividad industrial.

Nos gustaría conocer la experiencia de cómo se está implantando dicha tecnología, que necesidades tiene la industria, como nos puede ayudar en la: producción, comercialización y servicio. Y no podemos olvidar que inconvenientes puede tener.

 

PROGRAMA

 

10.00 h Registro asistentes

10.15 h Bienvenida Sr. Josep Mª Catalan – presidente de AECIP        

              Presentación Sr. Andreu Bru – Director Noves Tecnologies a PIMEC, petita i mitjana empresa de Catalunya

 

10.30 h Introducción a las posibles aplicaciones de la tecnología 5G en la industria en general

Sr. Xavier Núñez, innovación de la unidad de desarrollo empresarial  5G y gerente del proyecto Fundació i2cat.

11.15 h Debate

11.45 h Coffe break

12.00 h Asamblea AECIP

Tu industria debe transformarse, ven a compartir tus necesidades y que soluciones te puede ofrecer la tecnología móvil de la quinta generación, actualiza el 4G y entra en el 5G

 

Lugar:  PIMEC

Viladomat, 174 – auditorio – Barcelona

 

Para formalizar la inscripción enviar un email a: aecip@aecip.es indicando nombre, empresa y teléfono, o bien llamar a la Sra. Lidia al tel. 93 496 45 07 / 609 564 448.

Publicación en el BOE del Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo

0 Marzo 2019
El Departamento Jurídico de PIMEC te informa de las novedades legislativas introducidas a través del BOE-A-2019-3481 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado el pasado martes día 12 de marzo de 2019.
Se introducen diferentes cambios normativos de protección social, fomento de la contratación indefinida y de registro de jornada, así como diferentes propuestas legislativas. Los más importantes son los que destacamos a continuación:
1. MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL:
1.1. Se modifica la regulación del subsidio de paro para personas mayores de 52 años, de acuerdo con los siguientes puntos:
  • Reducción de la edad de acceso al subsidio, de los 55 a los 52 años.
  • Supresión de la necesidad de tener 52 años de edad en el momento del hecho causante del subsidio.
  • Incremento de la duración máxima; a partir de ahora se percibirá hasta la edad ordinaria de jubilación.
  • Incremento de la cantidad de cotización por contingencia de jubilación.
  • Eliminación de los porcentajes aplicables al subsidio cuando la persona trabajadora desarrolle sus tareas a tiempo parcial.
1.2. Se incrementa la cuantía mínima de pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.
1.3. Se crea una bonificación de 1.300 euros anuales, durante tres años, por la contratación laboral de personas paradas de larga duración.
1.4. Se prorroga la bonificación del 50% a las cuotas de la Seguridad Social de las prolongaciones de los contratos laborales fijos discontinuos durante los meses de febrero, marzo y noviembre en los sectores del turismo, comercio vinculado a este y hostelería, durante estos meses.
2. REGISTRO DE JORNADA:
  • Se crea un marco jurídico de control de la jornada laboral, consistente en la necesidad que las empresas garanticen un registro de las horas de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.
  • La organización y documentación de este registro de jornada se tiene que llevar a cabo mediante la negociación colectiva o acuerdos de empresa con la Representación Legal de los Trabajadores, y, si no hubiera, por decisión de la empresa previa consulta de los representantes.
  • Se establece la obligación de la empresa de conservar los registros de jornada durante un plazo mínimo de cuatro años, registros que tendrán que permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes, así como de la Inspección de Trabajo.
  • Así mismo, se tipifican como infracciones en la orden social las derivadas de incumplimientos relativos al registro de jornada, que se pueden sancionar como falta grave con una multa de 206 a 6.250 euros.
  • La existencia del registro de jornada será obligatoria a partir del próximo 12 de mayo de 2019.
3.PROPUESTAS LEGISLATIVAS:
El Gobierno constituirá, antes del 30 de junio de 2019, un grupo de personas expertas que se encargará de proponer un nuevo Estatuto de los Trabajadores.
Más información:
Departamento Jurídico
Estrella Rincón i Guillem Àngeles
Teléfono: 934.964.500